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Senado aprueba Ley Silla para garantizar descanso de empleados durante jornada laboral

Ley Silla prohíbe a los patrones obligar a los empleados a permanecer de pie durante toda su .

Senado aprueba Ley Silla para garantizar descanso de empleados durante jornada laboral

Senado de la República, con el voto unánime de los 86 senadores presentes, ha aprobado en lo general la .

Esta iniciativa, producto de una reforma a la Ley Federal del Trabajo, permitirá a los trabajadores sentarse durante períodos breves en su jornada laboral.

La reforma establece que los patrones no podrán obligar a los trabajadores a permanecer de pie durante toda la jornada laboral, y en caso de funciones incompatibles, se les deberá permitir tomar asiento periódicamente.

“Queda prohibido a los patrones o a sus representantes: Obligar a las personas trabajadoras a permanecer de pie durante la totalidad de la jornada laboral y, en el caso de funciones incompatibles, prohibirles tomar asiento periódicamente durante el desarrollo de sus funciones”, se establece en la reforma.

Además, el pleno del Senado aprobó por mayoría un dictamen para incorporar a los trabajadores del arte y el entretenimiento a la seguridad social.

En relación con este tema, la senadora de Morena, Susana Harp, señaló que esta medida asegura a los trabajadores del ámbito artístico la protección de la seguridad social en caso de enfrentar cualquier tipo de accidente durante su labor.

La reforma a la LFT busca prevenir los riesgos para la salud relacionados con estar de pie por largos períodos.

Según estudios publicados en la revista Gait & Posture en 2017, se ha establecido un "límite de exposición seguro" de 40 minutos en posición vertical antes de que se desarrollen síntomas lumbares clínicamente relevantes.

Con la aprobación de la ha superado su primera etapa en el Congreso.

Ahora, la Cámara de Diputados deberá revisar y ratificar para que las disposiciones se conviertan en ley.

Si el dictamen no sufre modificaciones en San Lázaro, las empresas tendrán un plazo de 180 días para cumplir con los cambios una vez que se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.



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