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Mujer que padece esclerosis logra la legalización de la eutanasia en Ecuador

Uno de los abogados de la mujer, señaló que con este fallo  se aceptó la demanda y se aprueba la

Mujer que padece esclerosis logra la legalización de la eutanasia en Ecuador

Paola Roldán es una mujer de 42 años que padece esclerosis lateral amiotrófica (ELA), un mal neuromotor que degenera los músculos del cuerpo e impide controlar el movimiento de las extremidades, y que logró que se legalice la eutanasia en Ecuador.

La mujer, que vive conectada a un respirador, puso en debate la despenalización de la eutanasia y este miércoles, 7 de febrero, el máximo tribunal de garantías de Ecuador no admitió la inconstitucionalidad del artículo 144 del código penal de Ecuador, que castiga con penas de entre 10 y trece años de cárcel al homicidio simple.

Es decir, con siete votos a favor de sus nueve magistrados, la Corte Constitucional (CC) determinó que dicho artículo "será constitucional siempre que un médico acceda al pedido de eutanasia activa de un paciente de manera libre, informada e inequívoca, a causa del un padecimiento de intenso sufrimiento proveniente de una lesión corporal grave e irreversible o de una enfermedad grave e incurable".

Pablo Encalada, uno de los abogados de Roldán, señaló que con este fallo de la CC se aceptó la demanda y se reconoció su derecho para tener acceso a una muerte digna, por lo que le fue aprobada la eutanasia.

Paola Roldán: diagnosticada con ELACon el 95 % de discapacidad debido a la ELA que le diagnosticaron hace tres años, Roldán "sólo puede mover los músculos de la cara, los ojos.

El cerebro le funciona absolutamente perfecto, pero no tiene ninguna movilidad en ninguna parte del cuerpo".

Un día de agosto de 2020, Paola hacía yoga cuando uno de sus brazos colapsó y cayó al suelo; después caminaba con dificultad y los médicos en Ecuador le hablaban de exceso de actividad, ejercicio y estrés.

En Estados Unidos le diagnosticaron la ELA.

Se declara la constitucionalidad aditiva del artículo 6 del Código de Ética Médica.

De tal forma que esta norma en lo posterior establecerá de la siguiente manera:médico desde que es llamado para atender a un enfermo se hace responsable de proporcionarle todos los cuidados médicos necesarios para que recupere su salud.

Su responsabilidad mayor será la conservación de la vida del enfermo, salvo los casos en los que el médico ejecute la conducta tipificada en el artículo 144 del COIP cuando una persona, expresando su consentimiento inequívoco, libre e informado (o a través de su representante cuando no pueda expresarlo), solicite acceder a un procedimiento de eutanasia activa por el padecimiento de intenso sufrimiento proveniente de una lesión corporal grave e irreversible o de una enfermedad grave e incurable.

 En México, la eutanasia está prohibida por la Ley General de Salud.

Se sanciona penalmente, prohibiéndose desde el suicidio asistido hasta el homicidio por piedad pero también han dado como resultado la regulación de la voluntad anticipada, que es la figura mediante la cual se regula la ortotanasia.



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