
Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha declarado la constitucionalidad de las reformas que permiten candidaturas comunes para competir en la Ciudad de México por la Jefatura de Gobierno, alcaldÃas y diputaciones localesRechazando el proyecto presentado por el ministro Luis MarÃa Aguilar Morales, que alegaba una presunta violación del proceso legislativo, la decisión, respaldada por una mayorÃa de siete votos, afirmó que la aprobación del dictamen en comisiones carecÃa del quórum legal necesario.
Sin embargo, la ministra Margarita RÃos-Farjat argumentó en contra de invalidar la reforma a pesar de las irregularidades observadas durante la sesión de la comisión.
RÃos-Farjat afirmó que el procedimiento legislativo en su conjunto se llevó a cabo de manera correcta.
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El dictamen se presentó a la Mesa Directiva cinco dÃas antes de la sesión plenaria, lo que permitió a los legisladores conocer su contenido con suficiente antelación.
La adición de los artÃculos 298 bis y 298 ter al Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México, asà como la reforma del artÃculo 298, ha sido validada por el Pleno de la Corte, este proceso legislativo fue publicado el 2 de junio de 2023.
la Corte respaldó los preceptos relativos a las candidaturas comunes, que permiten a dos o más partidos polÃticos participar en las elecciones con un candidato común.
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Los ministros consideraron que no era necesario realizar una consulta a los pueblos y barrios originarios de la Ciudad de México, ni a las comunidades indÃgenas y afromexicanas, ya que la reforma no establecÃa prerrogativas o reglas especiales dirigidas a estos grupos que pudieran afectarlos.
En conclusión, los ministros de la SCJN consideraron que no se cometieron violaciones graves durante el proceso legislativo que justificaran la invalidación de la reforma.
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