
El próximo 11 de octubre, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) discutirá el proyecto de la ministra Yasmín Esquivel para invalidar el amparo 606/2022 que interpuso la Fundación para la Justicia contra los efectos que genera la Declaración Conjunta de México y Estados Unidos contra las personas migrantesLa Fundación advierte la ministra pretende validar las políticas militarizadas de contención migratoria impulsadas desde Palacio Nacional los últimos años.
Declaración Conjunta es un documento firmado por ambos países en 2019, con el entonces presidente estadounidense Donald Trump, con la finalidad de que México –como país de tránsito– fungiera como muro migratorio de Estados Unidos.
Aunque se trató de un acuerdo de política exterior, la Fundación para la Justicia acusa que, en los resultados, miles de personas migrantes y solicitantes de asilo han sido contenidos con el despliegue de más de 28 mil elementos de la Guardia Nacional.
En entrevista para las noticiascoordinador general de litigio estratégico de la Fundación para la Justicia, Sergio Hernández, detalla que desde que se firmó la Declaración Conjunta entre México y Estados Unidos se interpuso un amparo para evitar los efectos que se ven reflejados en la vulneración de los derechos humanos de las personas migrantes.
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"El hecho de que se mantenga una política persecutoria y criminalizante en perjuicio de las personas en condición de migración, ha traído como consecuencia que no solamente las personas migrantes sean víctimas del crimen organizado, sino de la autoridad gubernamental, así que el propósito del amparo era evitar los efectos que han implicado violaciones", expone.
El especialista explica que el principal objetivo es que dicha declaratoria se adhiera a la figura de un Tratado Internacional para evitar las vulneraciones a los derechos humanos de las y los migrantes porque "México adoptó por la vía del hecho y no por la vía del derecho, la calidad de tercer país seguro", es decir, un territorio cuya finalidad es asegurar la estancia segura de las personas en contexto de movilidad.
Méndez agrega que la declaratoria también orilló a México a extender las políticas de contención migratoria estadounidenses y esto generó efectos graves para las personas migrantes.
De allí que la organización no gubernamental en pro de la migración humana tenga forma de un Tratado Internacional para evitar las violaciones a los derechos humanos.
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“El amparo tiene como propósito evitar toda esta política criminalizante y persecutoria en perjuicio de las personas en condición de migración”.
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Fue en abril de 2023, un mes después del incendio en la Estación Migratoria de Ciudad Juárez, cuando la Suprema Corte resolvió la constitucionalidad de la participación de la Guardia Nacional en tareas de contención migratoria.
Sin embargo, el coordinador de litigio de la Fundación para la Justicia comparte que en los hechos la Guardia Nacional no sirve al Instituto Nacional de Migración, sino al contrario.
“Finalmente el Instituto Nacional de Migración es una autoridad administrativa y no tendría por qué dársele un sentido persecutorio criminalizante a una circunstancia de alguna persona extranjera que está en una condición de irregularidad documental, es decir, no tener papeles de estancia legal no es un delito, por lo que de ninguna manera debería de implicar detenciones ilegales como las lleva a cabo la Guardia Nacional”.
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Asimismo, Hernández puntualiza que, ante el despliegue de fuerzas de seguridad en México para contener la migración de Centro y Sudamérica, no existe un control normativo ni un Tratado Internacional que regule estas acciones.
“Para establecer las condiciones de seguridad se tiene que crear un convenio entre Estados Unidos y México para establecer de qué manera Estados Unidos se va a comprometer con la seguridad de las personas migrantes; igualmente México cuáles son las condiciones que tendrían que ser humanitarias de permanencia en el país”.
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“Resulta que es falsamente seguro porque las personas que están esperando la decisión de Estados Unidos sobre si las aceptan por asilo, por refugio, pues están en una condición total de inseguridad, no solamente por lo que ocurre ya de delitos gravísimos cometidos por las bandas del crimen organizado, sino además por la actuación de las autoridades nacionalesEl especialista ejemplifica con el caso de los migrantes de fallecidos en el incendio de Ciudad Juárez; “eso por supuesto que te contradice, incluso con lo que la propia Declaración Conjunta tiene como supuesto propósito de garantizar la permanencia en condiciones humanitarias“Lo que pretende el proyecto de la ministra Esquivel es avalar en términos generales y absolutos la política migratoria mexicana, que es claramente violatoria a los derechos humanos”, enfatiza el litigante de la Fundación para la Justicia.
El constitucionalista señala que esto se agrava porque la ministra Esquivel pretende establecer una contradicción de criterios al interior de la Suprema Corte a un amparo mediante el cual se determinó que el los poderes Ejecutivo y Legislativo fueron los que acuñaron la Declaración Conjunta, por lo que tuvieron que haber estipulado lineamientos a través del Diario Oficial de la Federación para proteger los derechos humanos de las personas migrantes.
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“La Corte ordenó que esta condición de facto de tercer país seguro debió haber sido regulada mediante una política migratoria integral que respetara los derechos fundamentales de las personas en condición de migración, haciendo énfasis en los derechos de niños, niñas, adolescentes y mujeres, es decir una política migratoria con perspectiva de protección de derechos humanos”.
De acuerdo con el especialista, esto se apegaría a los lineamientos de un Tratado Internacional y estaría bajo los derechos constitucionales.
Sin embargo, el establecer una contradicción de criterios implicaría que se avale la falta de lineamientos para que México y Estados Unidos protejan los derechos de las personas migrantes.
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