
El Segundo Tribunal Colegiado en materia Administrativa refutó el recurso de queja que interpuso la Junta de Coordinación PolÃtica () del Senado de la República por considerarlo infundado.
Asimismo instó a la Comisión Permanente a convocar a un periodo extraordinario de sesiones para resolver los nombramientos vacantes del INAIHasta el dÃa de hoy, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), tiene 55 dÃas sin que su Pleno pueda operar.
Con eso suman 4 mil 498 recursos de revisión interpuestos por la sociedad.
La imposibilidad del organismo de transparencia para poder sesionar es debido a la falta de tres comisionados para completar su Pleno.
El Senado de la República es la institución competente para resolver dichos nombramientos, pero ha sido omiso en esta tarea, incluso a pesar de tener órdenes judiciales para hacerlo.
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Al fin del periodo ordinario de sesiones, la Cámara Alta se fue a receso sin resolver este tema.
A pesar de esto, el Juzgado Decimoséptimo de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México facultó a la Comisión Permanente como sujeto obligado para atender las determinaciones legales del Senado respecto a los nombramientos del INAI.
La semana pasada, este juzgado concedió la suspensión provisional del juicio de amparo con expediente 1714/2022, promovido por el Consejo Consultivo del INAI para que la Permanente convocara a periodo extraordinario y que la la Jucopo elaborara una lista de candidatos a comisionados; sin embargo, ante dicho ordenamiento legal la Junta de Coordinación PolÃtica registró un recurso de queja.
No obstante, el Segundo Tribunal Colegiado ratificó la determinación de la jueza federal Celina Quintero para que la Permanente y la Jucopo cumplan estos ordenamientos legales.
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