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Ministro propone invalidar traslado de la Guardia Nacional a la Sedena

Para el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, el traslado administrativo y operativo de la Guardia Nacional al Ejército va en contra de lo estipulado en la Constitución

Ministro propone invalidar traslado de la Guardia Nacional a la Sedena

Bajo el argumento de que la participación de la Guardia Nacional (GN) en acciones de seguridad pública debe ser “estrictamente excepcional”, el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá propondrá declarar inconstitucional su incorporación a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).

En el proyecto que será discutido la próxima semana en la Suprema Corte, el abogado apunta que “en tiempos de paz ninguna autoridad militar (…) puede inmiscuirse en labores de seguridad pública”.

“La actuación militar en tareas de seguridad pública debe ser estrictamente excepcional, toda vez que el artículo 129 constitucional estipula que, en tiempo de paz, ninguna autoridad militar puede ejercer más funciones que las que tengan exacta conexión con la disciplina militar y, en ese sentido, por regla general, ninguna autoridad militar puede inmiscuirse en labores de seguridad pública que la Constitución Federal consagra, en exclusiva, a autoridades civiles”.

El ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) agrega que el traslado administrativo y operativo de la Guardia Nacional a la Sedena va en contra de la Constitución.

“Resulta inconstitucional el traslado administrativo, presupuestario, orgánico, funcional y de mando que el Decreto impugnado, a través de los artículos analizados en este apartado, realiza”.

Su planteamiento va encaminado en invalidar la fracción IV del artículo 29 de la Ley Federal de la Administración Pública Federal, en el cual se estableció la facultad de la Sedena para “ejercer el control operativo y administrativo de la Guardia Nacional, conforme a la Estrategia Nacional de Seguridad Pública que defina la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana”.

Para que esta iniciativa prospere necesitará la mayoría calificada, es decir, el voto de ocho de los once ministros de la Corte.

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