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Niega INE medidas cautelares contra titulares de SEGOB y Cámara de Diputados

La Comisión determinó como improcedentes tres solicitudes de medidas cautelares contra Adán Augusto López y una atribuible a Santiago Creel, por asistir a reuniones en diversas entidades para posicionarse de cara al proceso electivo federal 2023-2024

Niega INE medidas cautelares contra titulares de SEGOB y Cámara de Diputados

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) negó medidas cautelares en contra de funcionarios como el Secretario de Gobernación, Adán Augusto López; del Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, Santiago Creel Miranda; así como de funcionarios federales por supuestos actos de campaña de cara al proceso electoral 2023-2024.

En total fueron siete medidas cautelares solicitadas para retirar la difusión de diversos contenidos en Facebook y Twitter, así como publicaciones en medios de comunicación realizadas por parte de varios representantes populares y funcionarios locales que organizaron eventos para posicionar a posibles candidatos.

Las solicitudes argumentaban la probable realización de actos anticipados de precampaña o campaña, violación a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda, así como por el supuesto uso indebido de recursos públicos con impacto en el Proceso Electoral Federal (PEF).

En seis de los casos el colegiado estimó que no se advierte la urgencia o peligro en la demora que justifique las medidas cautelares para el retiro de las publicaciones denunciadas, toda vez que ninguna de las etapas del PEF ha comenzado, ya que será hasta dentro de algunos meses que este dará inicio.

En otros casos, se está ante actos consumados, y con respecto a las publicaciones realizadas en sus perfiles de Twitter y Facebook, la Comisión advirtió que se requiere de  actos de voluntad específicos para localizarlas y visualizar el contenido.

 En las quejas los promoventes también solicitaron el otorgamiento de la tutela preventiva para que se ordene a los denunciados que se abstengan de continuar ejecutando y publicitando acciones por las que busquen posicionar la imagen de servidores públicos fuera de los plazos legales, al respecto se resolvió la improcedencia de las solicitudes por tratarse de hechos futuros de realización incierta.

Referente a las publicaciones en medios digitales, también determinó como improcedente la solicitud ya que, aparentemente, es una actividad que forma parte del quehacer periodístico amparado bajo la libertad de expresión.

 Sobre temas de difusión de spots por parte del PAN, finalmente, la Comisión conoció la denuncia del partido Morena por propaganda calumniosa, con motivo de la transmisión del promocional denominado PAN CDMX en televisión y radio, que contiene las frases “CAMBIEMOS LA CDMX” y “SI HAY DE OTRA PAN”, de la cual constituyen un llamamiento del voto a su favor, en aras del proceso electoral que deviene 2024 en la Ciudad de México.

Sin embargo, del análisis preliminar del material, el colegiado negó las medidas cautelares al concluir que el contenido central sólo constituye la visión del emisor del mensaje respecto al gobierno de la Ciudad de México emanado del partido Morena, derivado de los distintos eventos que se han suscitado en los últimos años en el Sistema de Transporte Colectivo Metro de esta ciudad, por lo que se considera de naturaleza política y genérica y, consecuentemente, su difusión es válida en todo tiempo.

Todos los proyectos fueron aprobados por unanimidad de votos de la consejera Adriana Favela, presidenta de la Comisión de Quejas y Denuncias, de la Consejera Claudia Zavala y del Consejero Ciro Murayama.

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