Los que obliguen a menores a vivir en pareja serán castigados con cárcel - Imperio Noticias

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Los que obliguen a menores a vivir en pareja serán castigados con cárcel

Con una reforma al Código Penal  Federal, se busca acabar con todas esas prácticas que, alegando usos  y costumbres, obligan a menores de edad, en su mayoría mujeres, a vivir en pareja con adultos ya sea bajo engaños o por un acto de compra-venta.

Castigarán con cárcel a quien obligue a menores a vivir en pareja

En el Senado se aprobó un dictamen de reformas al Código Penal Federal para sancionar con cárcel a quien obligue a un menor de edad a convivir con otra persona, sin su aprobación.

Se trata de establecer en el Código Penal un tipo de delito  que castigue a las personas que obliguen a otra menor de edad, una persona indígena o que no entienda lo que representa vivir en pareja, a cohabitar con otra.

  En el dictamen que pasará al pleno esta semana, se plantea establecer como delito una nueva conducta que sancione la manipulación de menores “para adoptar un estilo de vida idéntico al del matrimonio, sin que se verifique una unión formal.

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Subraya además que este tipo de uniones tiene consecuencias negativas, ya que al ser separados de su familia, pierden la libertad de relacionarse con personas de su edad, ocasionándoles problemas graves de personalidad y salud mental durante su desarrollo.

Incluso, puede acarrear a la realización de trabajos forzados, prostitución y violencia contra los infantes, embarazos prematuros, y un mayor riesgo de contraer infecciones de transmisión sexual, entre otras.

  Con esta reforma se busca proteger a las niñas que viven en comunidades indígenas, de la zona alta de la montaña de Guerrero y de otras partes de país que son obligadas a estas uniones o matrimonios forzados, sólo por usos y costumbres.

En el dictamen también se aprobó una minuta para que, en el caso de feminicidio, la pena se agrave hasta en un tercio, cuando la víctima sea mujer menor de edad, embarazada, adulta mayor o con discapacidad.

  Así como cuando el sujeto activo sea servidor público y haya cometido la conducta valiéndose de esta condición.

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Dentro de los cambios al Código Penal Federal, se plantea que la persona agresora perderá todo derecho con relación a los hijos de la víctima, cuando sea el caso, lo que garantiza el interés superior de la niñez, en términos de lo previsto por la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

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El proyecto también modifica el Código Nacional de Procedimientos Penales, a fin de que el Ministerio Público esté obligado a aplicar los protocolos previstos ante un delito de feminicidio y actúe con perspectiva de género.

Esto es, que se debe aplicar la metodología y los mecanismos que permitan identificar, cuestionar y valorar la discriminación, desigualdad y exclusión de las mujeres, cuando el presunto (a) responsable aluda al argumento de que hay diferencias entre hombres y mujeres.

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