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Urgen diputados capacitar a policías en derechos humanos de las mujeres

Además será necesario crear comisiones especiales que supervisen las políticas públicas para prevenir, sancionar y erradicar la violencia

Urgen diputados capacitar a policías en derechos humanos de las mujeres

La Cámara de Diputados propone cambios a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en voz  de la diputada Erika de los Ángeles Díaz Villalón del PAN, que impulsa reformas para fortalecer las atribuciones de los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de MéxicoEntre las atribuciones se encuentra la de capacitar a sus elementos de policía y al personal de justicia administrativa en materia de derechos humanos de las mujeres.

Los cambios al artículo 50 precisan que dicha capacitación deberá ser anual y preferentemente a través de las Comisiones Estatales de Derechos Humanos.

También se establece que entre sus atribuciones estará el crear comisiones especiales a efecto de supervisar y evaluar el cumplimiento de las políticas públicas encaminadas a prevenir, sancionar y erradicar las violencias contra las mujeres, adolescentes y niñas.

Además, los programas educativos que promuevan sobre la igualdad y la equidad entre los géneros para eliminar la violencia contra las mujeres, podrán ser impartidos en escuelas secundarias y preparatorias, con el apoyo y coordinación de los entes públicos encargados de la educación de su entidad federativa.

Del mismo modo, los cursos de capacitación a las personas que atienden a víctimas que promuevan, sean por lo menos una vez al año.

El documento, remitido a la Comisión de Igualdad de Género, refiere que fortalecer los sistemas legales que abonen a prevenir y erradicar la violencia contra la mujer no solo obedece a situaciones y necesidades en el ámbito local, sino también para atender los aspectos que regulan los instrumentos normativos de carácter internacional.

Menciona que la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (‘Convención de Belém do Pará’), afirma que la agresión contra la mujer constituye una violación de los derechos humanos y las libertades fundamentales y le limita total o parcialmente el reconocimiento, goce y ejercicio de tales derechos y libertades.

Entre los artículos de dicha Convención se establece que los Estados Parte condenan todas las formas de violencia contra la mujer y convienen en adoptar, por todos los medios apropiados y sin dilaciones, políticas orientadas a prevenir, sancionar y erradicar dicha violencia.

Ante ello, indica, se advierte la obligación del Estado mexicano de realizar los ajustes legales y administrativos para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer.

Por lo tanto, el Estado mexicano, pero, sobre todo, las autoridades y las personas servidoras públicas tienen la ineludible obligación de observar los postulados y principios que se encuentran en la Convención.

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