A partir de enero de 2023, los patrones deberán incrementar gradualmente sus aportaciones a las pensiones de los trabajadores
Por primera vez, la Suprema Corte de Justicia ha avalado la reforma del año 2020 al sistema de aportaciones para el retiro, especÃficamente al aumento de los pagos que realizarán las empresas a partir de enero de 2023 a las Tal y como te lo estamos informando en las noticias, por unanimidad, la Segunda Sala de la corte le negó el amparo a una de las empresas que alegaba que era desproporcional dejar por complejo en manos de los patrones el financiamiento al régimen de pensiones para la cesantÃa en edad avanzada y vejez.
Cabe recordar antes los patrones aportaban un 3.
150% del salario base de cotización para financiar las pensiones, mientras que los trabajadores el 1.
125% y el estado 7.
14%.
Ahora, a partir de enero del próximo año, los jefes tendrán que ir incrementando sus cuotas gradualmente hasta llegar al 11.
875 % del salario, ésto, a quienes ganan más de 4 UMA, es decir, 11 mil 700 pesos mensuales.
En sÃ, esta nueva cuota únicamente obligará al gobierno realizar aportaciones porcentuales para quienes ganen entre los 4 y los 7 UMA en el 2023, a diferencia de la ley que está terminando en el 2022 que dice que se tiene que aportar a los que ganan hasta 15 salarios mÃnimos, equivalentes a 77 mil 800 pesos mensuales.
En su lugar, dejó las aportaciones sociales, que será una cantidad fija.
Por otro lado, el 1.
125 % de aportación por parte de los trabajadores no se modificó, aunque es un hecho que las empresas se encargarán de básicamente todo el proceso de incremento de estas pensiones.
"Al trasladarse la totalidad del ahorro del pensionado en el ramo de retiro, cesantÃa en edad avanzada y vejez, al patrón, hace que sea imposible su sostenibilidad, debido a que la parte patronal nunca tendrá la capacidad económica del Estado", mencionó la empresa Dados, Troqueles y Moldes en su amparo.
De acuerdo a la sentencia, con respecto al sistema de , la violación al principio de proporcionalidad no se puede entender a partir de la participación que hagan otras personas ya que es un ente obligatorio contribuir al gasto publico, es por eso que el fallo reconoció que la cuota social del Estado no es equivalente a la contribución del 7.
125 % que se operó con la reforma de 1996, hacien.
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Hace 3 horas.
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