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Japón dice no a matrimonios igualitarios

Tres parejas denunciaron al gobierno de Japón argumentando que el matrimonio igualitario debe aceptarse sin discriminación.

Japón dice no a matrimonios igualitarios

Tres parejas del mismo sexo presentaron denuncia contra el Gobierno de Osaka porque están en contra de la legislación japonesa que les prohíbe casarse ya que consideran se trata de una “discriminación injusta” e inconstitucional. Sin embargo, un tribunal de esta ciudad sureña del país asiático desestimó la causa.

Este lunes, el tribunal en cuestión rechazó el pedido de estas personas y dejó sin efecto la indemnización solicitada de un millón de yenes, que equivale a 7400 dólares.



Los denunciantes argumentaron que el matrimonio igualitario debe aceptarse según la interpretación del Artículo 24 de la Constitución, que sostiene que el matrimonio y su mantenimiento se basan únicamente “en el consentimiento mutuo de ambos sexos” y en “la cooperación mutua con la igualdad de derechos”.

En cambio, la Justicia falló a favor del gobierno japonés porque la Constitución de este estado no se refiere a las parejas del mismo sexo. “No ha habido suficientes discusiones entre el pueblo de Japón”, plantearon. De todos modos, el tribunal reconoció que “puede ser posible crear un nuevo sistema” que tenga en cuenta a las parejas homosexuales.

Tres parejas fueron rechazadas por la corte en Japón



Los denunciantes, por su parte, advirtieron que tienen pensado apelarán el fallo. Las tres parejas habían basado su demanda en la decisión de un tribunal de la ciudad de Sapporo, que en marzo de 2021 dictaminó que la legislación japonesa del registro civil infringía las garantías constitucionales de igualdad ante la ley. En la sentencia, determinaron que no reconocer el matrimonio del mismo sexo en Japón era inconstitucional.



“Desde la perspectiva de la dignidad individual, se puede decir que es necesario hacer realidad los beneficios de las parejas del mismo sexo sean reconocidos públicamente mediante un reconocimiento oficial”, comunicó el tribunal.

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Al definir al matrimonio como unión heterosexual, varias normas estatales discriminan a las personas por su orientación sexual, y por lo tanto contravienen la igualdad de derechos que consagra la Constitución federal mexicana.

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