Si en algún momento pasas por alguno de estos casos o atestiguas algún caso similar, sabrás que ninguno está permitido tanto en el espacio físico como virtual.
Como te compartimos en las noticias, los servidores públicos regresaron a sus oficinas en agosto del año pasado después de la pandemia por COVID-19 y a partir de ahora tendrán que acatar este nuevo código.
La publicación del nuevo Código de Ética de la Administración Pública Federal que se llevó a cabo este 8 de febrero en el Diario Oficial de la Federación (DOF) tuvo como objetivo, el establecimiento del estatuto en el comportamiento ético entre el personal del servicio público, dentro y fuera del espacio de trabajo.
Publicación del nuevo Código de ética
Este código de ética está dirigido a todas las personas que se desempeñen como empleadas o que tengan un cargo o comisión en las dependencias o entidades gubernamentales independientemente el nivel jerárquico, que incluye al personal de base y sindicalizado.
Las reglas del nuevo Código de Ética de la Administración Pública Federal ponen énfasis en evitar los piropos, regalos o los contactos físicos para evitar casos de hostigamiento y acoso sexual, entendidos como una forma de violencia de “carácter sexual”.
De acuerdo al nuevo Código de Ética de la Administración Pública Federal se enumeran de la siguiente manera:
1.- Hacer burlas, piropos, comentarios o bromas con connotación sexual a una persona por su apariencia física, ya sea de manera presencial o cualquier medio de comunicación (por ejemplo, correos, whats, grupos de trabajo, etc.)
2.- Realizar señales sexualmente sugerentes con las manos o a través de los movimientos del cuerpo.
3.- Tener contacto físico sugestivo o de naturaleza sexual, como tocamientos, abrazos, besos, manoseo, jalones
4.- Hacer regalos, dar preferencias indebidas o notoriamente diferentes o manifestar abiertamente o de manera indirecta el interés sexual por una persona.
5.- Llevar a cabo conductas dominantes, agresivas, intimidatorias u hostiles hacia una persona para que se someta a sus deseos o intereses sexuales.
6.- Espiar a una persona en su intimidad.
7.- Condicionar la obtención de un empleo o ascenso, su permanencia en él o las condiciones del mismo a cambio de aceptar conductas de naturaleza sexual.
8.- Obligar a la realización de actividades que no competen a sus labores u otras medidas disciplinarias en represalia por rechazar proposiciones de carácter sexual.
9.- Condicionar la prestación de un trámite, servicio público o evaluación a cambio de que la persona usuaria, estudiante o solicitante acceda a sostener conductas sexuales de cualquier naturaleza.
10.- Difundir rumores o cualquier tipo de información sobre la vida sexual de una persona.
11.- Mostrar deliberadamente partes íntimas del cuerpo a una o varias personas.
En caso de que un servidor público se salte estas reglas, pues ahí estará el Comité de Ética y el Órgano Interno de Control para atender las denuncias por faltas administrativas, en el caso del órgano.
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