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Senado aprueba Ley Federal de Juicio Político con modificaciones

El Senado hizo modificaciones y aprobó por unanimidad la Ley Federal de Juicio Político y Declaración de Procedencia, que regresa a la Cámara de Diputados.


Senado aprueba Ley Federal de Juicio Político con modificaciones

El Senado de la República aprobó por unanimidad de 106 votos el proyecto de Decreto para la Ley Federal de Juicio Político y Declaración de Procedencia, luego de que la propuesta de la Cámara de Diputados recibiera distintas modificaciones.

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La nueva legislatura alcanzó el acuerdo de forma unánime.

El documento aprobado señala que, sobre los titulares de los Ejecutivos locales, así como diputados y magistrados estatales, “la declaración de procedencia que al efecto dicte la Cámara de Diputados se comunicará a la Legislatura local respectiva, para que en ejercicio de sus atribuciones proceda como corresponda”.

- Esto quiere decir que con la nueva Ley de Juicio Político, la Cámara de Diputados solo podrá enunciar los procesos de declaración de procedencia que resuelva para después comunicarlo a las legislaturas locales y que estas procedan como corresponda.

Ley Federal de Juicio Político y Declaración de Procedencia



La Cámara de Diputados recibirá nuevamente la minuta con el proyecto de decreto para que vuelva a ser discutida, votada y en su caso aprobada, luego de que en la discusión de la Cámara Alta tuvo ajustes.

- La propuesta original obligaba a los Congresos locales a acatar las decisiones de declaración de procedencia con el fin de que no pudieran frenar las decisiones de los diputados federales, como sucedió en Tamaulipas, donde legisladores del PAN frenaron el desafuero del gobernador Francisco García Cabeza de Vaca.

La reforma reglamenta los artículos 108, 109, 1010, 111 y 112 de la Constitución Política en materia de juicio político, declaración de procedencia y responsabilidad penal del Presidente de la República.

La Ley Federal de Juicio Político y Declaración de Procedencia precisa en el Artículo 110 de la Constitución quiénes podrán ser sujetos de juicio político, entre ellos los senadores y diputados del Congreso de la Unión, ministros de la SCJN, consejeros de la Judicatura Federal, el Fiscal General de la República, consejeros del INE, entre otros actores.

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