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La Ley de Revocación del Mandato Federal es oficial el DOF la hizo pública

Desde el 15 de septiembre la Ley Federal de Revocación de Mandato es oficial, el Diario Oficial de la Federación (DOF) ya hizo la publicación.


La Ley Federal de Revocación de Mandato es oficial, el DOF lo hizo publicó

La Ley Federal de Revocación de Mandato es oficial, fue publicada el martes 14 de septiembre en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Ley Federal de Revocación de Mandato es oficial



La Ley Federal de Revocación de Mandato es oficial, el DOF lo hizo publicó

El documento explica que permitirá a la ciudadanía determinar la conclusión anticipada en el desempeño de quien ejerza como Presidente de la República, a partir de la pérdida de confianza, mediante un ejercicio de sufragio universal, libre, secreto, directo personal e intransferible.

- El pasado 7 de septiembre la Cámara de Diputados aprobó la Ley Federal de Revocación de Mandato y Morena-PAN celebraron por separado la decisión que es a favor de los mexicanos.

La Revocación de Mandato se tendrá que solicitar



Ahora que la Ley Federal de Revocación de Mandato es oficial el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) se someterá a ella en el mes de marzo del 2022.

- Se determinó que será el Instituto Nacional Electoral (INE) el encargado en organizar, desarrollar y computarizar la votación, así como de la promoción del ejercicio; el Congreso de la Unión y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) también tomarán parte en la aplicación de las disposiciones.

La Ley Federal de Revocación de Mandato es oficial pero podrá solicitarse, por una ocasión, durante los tres meses posteriores a la conclusión del tercer año de la administración de quien ejerza como Jefe del Ejecutivo Federal.

El Diario Oficial de la Federación (DOF) especifica que la petición para la Revocación de Mandato se tendrá que interponer al Instituto durante el primer mes posterior al plazo determinado, de tal manera que se inicie con la recolección de firmas “durante el mes previo a la fecha señalada anteriormente”.

El INE será quien emitirá los formatos impresos y medios electrónicos para este propósito, así como el número mínimo de firmas y las condiciones a reunir para que el ejercicio sea procedente; afirmó que estarán permitidos los “actos tendentes a recabar el apoyo ciudadano para la obtención de las firmas necesarias”.

- Cabe mencionar que el formato que apruebe el Consejo General deberá contener únicamente el nombre completo; la firma o huella dactilar y la clave de elector o el número de identificador de la credencial de elector.

La Ley Federal de Revocación de Mandato es oficial por lo que el documento oficial para la votación incluirá encabezado con la leyenda “Formato para la obtención de firmas ciudadanas para la revocación del mandato de la persona titular de la Presidencia de la República por pérdida de la confianza”.

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