La Ley Federal del Trabajo también contempla los derechos del personal de confianza
Los trabajadores de confianza están contemplado en la Ley Federal del Trabajo
- Toda persona fÃsica que preste sus servicios a otra persona fÃsica o moral de manera personal y subordinada es considerada como trabajador. Esto se encuentra establecido en el artÃculo 8 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).
La misma ley define al trabajo como “toda actividad humana, intelectual o material, independientemente del grado de preparación técnica requerido por cada profesión u oficio”.
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— STPS México (@STPS_mx) August 31, 2020
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En efecto, toda persona puede ser trabajador, sin embargo hay que detenernos en los tipos de trabajadores que existen según la la Ley Federal del Trabajo y los derechos que cada clase de trabajador tiene.
Por ejemplo, dentro del empleo formal, que es el que cumple con las disposiciones legales vigentes, hay trabajadores de base, sindicalizados y de confianza, entre otros. En esta ocasión nos concentramos en los trabajadores de confianza.
- La figura del trabajador de confianza nace a raÃz de los contratos colectivos de trabajo de la Ley Federal del Trabajo de 1931. En éstos ya se incluÃa un listado de puestos llamados “de confianza”. Sin embargo, en la práctica muchas veces se ha desdibujado la distinción entre los trabajadores de base y de confianza.
Los trabajadores de confianza surgen por la necesidad de los patrones de tener trabajadores en puestos estratégicos. AsÃ, ser trabajador de confianza tiene ciertas limitantes, por ejemplo, este tipo de empleados no pueden afiliarse a un sindicato y pueden ser contratados de manera libre para desarrollar trabajos personales dentro de la empresa para el patrón.
“La categorÃa de trabajador de confianza depende de la naturaleza de las funciones desempeñadas y no de la designación que se dé al puesto. Son funciones de confianza las de dirección, inspección, vigilancia y fiscalización, cuando tengan carácter general, y las que se relacionen con trabajos personales del patrón dentro de la empresa o establecimiento”, dice el artÃculo 9 de la LFT.
¿Cuáles son los derechos de los trabajadores de confianza?
Ley Federal del Trabajo
La LFT tiene varios artÃculos en donde define cuáles son los derechos y obligaciones que tanto los trabajadores como los patrones deben de cumplir:
ArtÃculo 182.- Las condiciones de trabajo de los trabajadores de confianza serán proporcionales a la naturaleza e importancia de los servicios que presten y no podrán ser inferiores a las que rijan para trabajos semejantes dentro de la empresa o establecimiento.
ArtÃculo 183.- Los trabajadores de confianza no podrán formar parte de los sindicatos de los demás trabajadores, ni serán tomados en consideración en los recuentos que se efectúen para determinar la mayorÃa en los casos de huelga, ni podrán ser representantes de los trabajadores en los organismos que se integren de conformidad con las disposiciones de esta Ley.
ArtÃculo 184.- Las condiciones de trabajo contenidas en el contrato colectivo que rija en la empresa o establecimiento se extenderán a los trabajadores de confianza, salvo disposición en contrario consignada en el mismo contrato colectivo.
ArtÃculo 185.- El patrón podrá rescindir la relación de trabajo si existe un motivo razonable de pérdida de la confianza, aun cuando no coincida con las causas justificadas de rescisión a que se refiere el artÃculo 47.
En el caso a que se refiere el artÃculo anterior, si el trabajador de confianza hubiese sido promovido en un puesto de planta, volverá a él, salvo que exista causa justificada para su separación.
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